Dissaor Administrador

Registrado: 05 Abr 2006 Mensajes: 40 Ubicación: desde las tinieblas
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Publicado: Jue Abr 06, 2006 10:57 am Asunto: reglamento Itpuch |
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REGLAMENTO GENERAL
CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA
I T P U C H
TÍTULO I
ANTECEDENTES GENERALES
Artículo 1º
El presente Reglamento tiene como objetivo establecer lineamientos generales sobre aspectos
administrativos, de organización y funcionamiento del Centro de Formación Técnica ITPUCH,
en adelante el CFT ITPUCH o ITPUCH
Artículo 2º
El CFT ITPUCH es una institución de Educación Superior regida por la Ley Orgánica
Constitucional de Enseñanza Nº 18.962 del 10 de Marzo de 1990 y por los estatutos de la
“Fundación Instituto Politécnico de la Facultad de Medicina de la Universidad de Chile”,
constituida para tal efecto, según Decreto Exento Nº 480 de 23 de mayo de 2003, del Ministerio
de Justicia, en adelante “la Fundación”.
Artículo 3º
Su principal objetivo, es formar técnicos de nivel superior con sólidos valores sociales,
conocimientos y habilidades tecnológicas, para insertarse en el mundo laboral como apoyo al
nivel profesional, en instituciones públicas o privadas, como también a sectores que demande el
desarrollo productivo del país.
Artículo 4º
El CFT ITPUCH considerará, como base en el desarrollo de sus actividades, la apertura a la
comunidad sin discriminación alguna y propenderá a través de su gestión institucional y de la
actividad docente, a una formación pluralista, tolerante, democrática y de respeto pleno a los
derechos de las personas.
Artículo 5º
El CFT ITPUCH gozará de plena autonomía para decidir sus propias opciones académicas,
aprobar sus reglamentos y procedimientos en conformidad a la ley y al bien común; como
asimismo, para adoptar las decisiones administrativas que sean pertinentes.
Artículo 6º
La comunidad educativa del CFT ITPUCH está constituida por todas aquellas personas que son
agentes de su quehacer y que han aceptado los principios y reglamentos institucionales.
Artículo 7º
El CFT ITPUCH es una comunidad educativa, que promueve el diálogo entre sus docentes y
de éstos con los estudiantes, para comunicar valores y conocimientos; todo ello, en un marco de
plena libertad, respeto a las personas y trabajo en equipo.
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Artículo 8º
Todos los miembros de la comunidad educativa son responsables de la identidad y de la misión
que guían al CFT ITPUCH. Asumirán las facultades y obligaciones que les compete acorde a su
calidad y, según lo establezcan las normas respectivas.
Artículo 9º
El ITPUCH reconoce a sus docentes la libertad para enseñar según los principios y métodos
propios de cada disciplina, siempre salvaguardado los derechos de las personas y de la
comunidad y dentro de las exigencias de la verdad, bien común y de la reforma educativa que
propicia aprendizajes significativos.
Artículo 10º
La máxima autoridad es su Director General, quien es el representante legal del CFT ITPUCH.
TÍTULO II
DE LA ORGANIZACIÓN
Artículo 11º
El domicilio del CFT ITPUCH será la ciudad de Santiago.
Artículo 12º
El gobierno del ITPUCH recae en el Consejo Directivo de la Fundación y en sus autoridades
superiores: el Director General y el Subdirector General.
Artículo 13º
Las autoridades superiores y las otras autoridades, el ámbito de competencia y características
son:
a) El Director General, es la instancia que, nombrada por el Consejo Directivo de la
Fundación, le corresponde la dirección, gestión y desarrollo; de la conducción académica,
administrativa y financiera, la adecuada coordinación, control y supervisión del CFT ITPUCH
y, de la oportuna y periódica información de las acciones realizadas al Consejo Directivo, y de
las demás funciones que le sean encomendadas por los estatutos.
b) El Subdirector General: le corresponde la subrogación inmediata del Director General en
caso de ausencia o impedimento de éste, ejerce la asesoría integral del Director General y la
coordinación de la gestión administrativa y financiera, además de aquellas funciones que el
Director General le delegue. Será nombrado por el Consejo Directivo de la Fundación, a
propuesta del Director General.
c) El Subdirector Académico; le corresponde programar, seguir, orientar y supervisar las
actividades docentes y académicas acorde a las políticas institucionales. Será nombrado por el
Consejo Directivo de la Fundación, a propuesta del Director General.
Corresponderá especialmente al Subdirector Académico:
i) Establecer los lineamientos generales sobre la carga académica y el cumplimiento de
horarios por parte de los docentes, incluyendo labores docentes de aula y de
laboratorio.
ii) Dirigir la revisión y evaluación del proceso académico.
iii) Evaluar académicamente y supervisar de las actividades de perfeccionamiento del
personal docente.
iv) Planificar las actividades extraprogramáticas para alumnos y docentes.
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v) Facilitar la relación entre los alumnos y la Dirección, así como con otras instancias al
interior del mismo.
vi) Conducir la relación entre el CFT ITPUCH y el campo laboral, y
vii) Realizar las demás funciones que le encomienden las normas que al efecto se
aprueben.
d) Las carreras que imparta el CFT ITPUCH tendrán un Jefe Carrera quien será el encargado de
velar por su adecuada marcha académica, el cumplimiento de los programas de cada asignatura
y de proponer al Subdirector Académico, las modificaciones curriculares que estime necesarias.
Corresponderá especialmente al Jefe de Carrera:
i) La coordinación del proceso académico de ésta, en sus diferentes aspectos.
ii) La supervisión de las actividades docentes, y la revisión periódica de las evaluaciones e
instrumentos utilizados en éstas.
iii) La atención y orientación técnica de los alumnos de la Carrera.
iv) La supervisión de personal idóneo para el cumplimiento de los objetivos de la práctica
laboral de los alumnos.
v) La información periódica al Subdirector Académico, respecto de las necesidades del
mercado, respecto del perfil del técnico de nivel superior.
vi) Las demás funciones que le sean encomendadas.
Los Jefes de Carrera serán nombrados por el Consejo Directivo de la Fundación, a propuesta del
Director General.
Artículo 14º
El Director General será asesorado por el Consejo Superior del CFT ITPUCH, presidida por él
e integrada por el Subdirector General, el Subdirector Académico, el Subdirector de
Administración y Finanzas, el Secretario General y por otras instancias que el Director General
convoque. Se reunirá a lo menos tres veces en el año.
Artículo 15º
Otras autoridades del CFT ITPUCH, ámbito de competencia y características son:
a) El Subdirector de Administración y Finanzas será la instancia, nombrada
por el Director
General, responsable de planificar y coordinar los recursos humanos, materiales y financieros
acorde a las políticas institucionales; velando por su ordenación, unidad y eficacia de los estados
financieros.
Corresponderá especialmente al Subdirector de Administración y Finanzas:
i) La coordinación y control de todos los aspectos administrativos y financieros que
demande la marcha del ITPUCH
ii) Elaborar el presupuesto anual
iii) Llevar la evaluación presupuestaria
iv) Proponer lineamientos generales acerca de la distribución del presupuesto y fuentes
de financiación.
b) La Secretaría General será la instancia que actuará principalmente como ministro de fe del
CFT ITPUCH, su designación estará a cargo del Director General.
Corresponderá especialmente al Secretario General:
i) Ejercer como ministro de fe.
ii) Certificar los actos de autoridad emanados del CFT ITPUCH
iii) Dirigir la Oficina de Títulos y Certificados, organizar el proceso de titulación y
expedir los diferentes diplomas, títulos o certificados que acrediten los estudios
realizados en el CFT ITPUCH
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iv) Llevar archivos y registros de los documentos académicos expedidos por el CFT
ITPUCH, y
v) Las demás funciones que le sean encomendadas.
Artículo 16º
El CFT ITPUCH contará con instancias de coordinación, definiéndose como sigue:
a) La Coordinación Técnico Pedagógica, nombrada por el Director General, será la
instancia encargada de ayudar a operacionalizar la programación y seguir las
actividades docentes acorde a los lineamientos generales, adecuándolos a las
necesidades propias del Centro en coordinación con los jefes de Carrera,
salvaguardando los principios y valores del proyecto educativo.
b) La Coordinación de Asuntos Estudiantiles, nombrada por el Director General será la
instancia encargada de ayudar a operacionalizar los asuntos de bienestar estudiantil,
empleabilidad, redes de integración y de facilitar el vínculo expedito de los estudiantes
con las autoridades del CFT ITPUCH.
c) La Coordinación Administrativa, nombrada por el Director General será la instancia
encargada de ayudar a operacionalizar las actividades de administración, de acuerdo a
los lineamientos generales, adecuándolos a las necesidades propias del CFT ITPUCH.
Artículo 17º
Los docentes son la instancia técnico profesional que desarrollará un proceso educativo
significativo mediante metodologías activas y cuidando que los principios y valores que postula
el proyecto educativo, sean integrados al currículum.
Artículo 18º
Para el mejor cumplimiento de sus funciones, la adecuada marcha de la entidad y el logro de sus
objetivos, el Director General podrá disponer la creación de las instancias académicas y
administrativas que estime pertinentes.
TÍTULO III
DEL FUNCIONAMIENTO
Artículo 19º
La planificación estratégica del CFT ITPUCH corresponde al Director General y al Subdirector
General, considerando el aporte técnico que en esta materia haga el Consejo Superior.
Artículo 20º
La planificación operativa del CFT ITPUCH, corresponde al Subdirector General y a sus
respectivas coordinaciones y los equipos que se creen para cumplir tales cometidos.
Artículo 21º
La coordinación y planificación educativa del CFT ITPUCH en el nivel estratégico, será de
responsabilidad del Subdirector Académico, en consulta al Consejo Superior y con la
aprobación del Director General.
Artículo 22º
La coordinación y planificación educativa en el nivel operativo, estará a cargo del Coordinador
Técnico Pedagógico, quien coordinará y adecuará a la realidad las propuestas del Director General; siendo asesorado por los Jefes de Carrera, los docentes y con la aprobación del
Subdirector Académico.
Artículo 23º
La coordinación y planificación de los asuntos propios de los alumnos, en el nivel operativo,
estará a cargo del Coordinador de Asuntos Estudiantiles quien coordinará y adecuará a la
realidad las propuestas del Director General; siendo asesorado por los Jefes de Carrera, los
docentes y con la supervisión del Subdirector Académico.
Artículo 24º
La coordinación y dirección de los asuntos económicos, administrativos y de recursos humanos
del ITPUCH en su componente estratégico, será de responsabilidad del Subdirector de
Administración y Finanzas, en consulta al Consejo Superior y con la supervisión del Director General.
Artículo 25º
La coordinación y dirección de los asuntos económicos, administrativos y de recursos humanos
del Centro en su componente operativo, estará a cargo de la Coordinación Administrativa, quien
coordinará y adecuará las propuestas generales a su realidad; asesorándose por las instancias
que se creen para tales fines, y con la supervisión del Subdirector de Administración y Finanzas.
Artículo 26º
El buen uso de las instalaciones y equipos del CFT ITPUCH será de responsabilidad de la
Coordinación Técnico Pedagógica, los Subdirectores Académico, y de Administración y
Finanzas, bajo la dirección del Director General.
Artículo 27º
Los espacios, tiempos y recursos para la información y comunicación en el Centro son de
responsabilidad de la Coordinación Técnico Pedagógica, los Subdirectores Académico, y de Administración y Finanzas.
Artículo 28º
El estudio de las posibilidades de nuevos medios de comunicación e información estará a cargo
del Director General y del Subdirector General, en consulta al Consejo Superior del Centro.
Artículo 29º
Las fuentes de información disponibles serán las reuniones, circulares, memorandos, boletines y
serán de responsabilidad del Director General, quien delegará cuando lo estime conveniente, y
en las Coordinaciones.
Artículo 30º
Las relaciones con el entorno en cuanto a recursos sociales y técnico-profesional, desarrollo
comunitario y utilización didáctica y curricular, estarán a cargo del Director General asesorado
por el Consejo Superior y las Coordinaciones.
Artículo 31º
Corresponde al Director General del CFT ITPUCH apoyado en las Coordinaciones y asesorado
por el Consejo Superior, proponer normativas generales en relación a los recursos humanos y
materiales.
Artículo 32º
Es de competencia del Director General, asesorado por el Consejo Superior y la Coordinación
Técnico Pedagógica, elaborar orientaciones en relación al personal docente en cuanto a
participación, espacios, tiempos de reunión y sistemas de apoyo académico.
Artículo 33º
Corresponde al Director General del CFT ITPUCH, al Subdirector Académico y al Coordinador
Estudiantil, elaborar y proponer estrategias de participación y organización de los alumnos.
TÍTULO IV
DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS ALUMNOS
Artículo 34º
Son derechos del alumno elegir a sus delegados de curso, asociarse colectivamente, integrarse a
equipos de trabajo para fines educativos y recreativos, aportar en la valoración y revisión del
Proyecto Educativo, utilizar dependencias y equipos para fines educativos, asociativos,
recreativos planificados por el ITPUCH, participar en la elaboración de normas que le afecten,
presentar solicitudes de carácter académico acorde al Reglamento Académico.
Artículo 35º
Son deberes del alumno respetar las normas de convivencia que se acuerden, responder por
daños a la propiedad del ITPUCH, responder por los convenios contraídos que afecten su
permanencia y manifestar una clara adhesión al Proyecto Educativo del CFT
ITPUCH.
TÍTULO V
DE LAS SANCIONES DISCIPLINARIAS
Artículo 36º
Los alumnos del CFT ITPUCH estarán sujetos a responsabilidad disciplinaria de acuerdo a las
normas que a continuación se indica.
Los alumnos que realicen dentro de sus recintos, actos perturbadores para las actividades
estudiantiles, tales como: difamación, incitación a paros, desfiles, ocupaciones o cualquier otro
tipo de acción que entrabe el normal funcionamiento del CFT ITPUCH así como actitudes
reñidas con la moral y la sana convivencia, serán sancionados, a petición del Subdirector
Académico, Jefe de Carrera o cualquier autoridad o, por el Consejo Superior, a quienes
corresponderá tanto la calificación de los hechos y circunstancias, como el procedimiento y
oportunidad, según el cual se aplicarán medidas, de acuerdo a la gravedad de los hechos y
respetando el debido proceso, correspondiendo las sanciones que se indican en el articulo
siguiente.
Artículo 37º
El Director General, a solicitud fundada del Subdirector Académico, Jefe de Carrera o de otra
autoridad reconocida por el Centro, podrá imponer las siguientes sanciones a aquellos alumnos
que falten a los deberes u obligaciones a que se encuentren sujetos.
a) Amonestación oral o escrita.
b) Suspensión por siete (7) días
c) Suspensión por quince (15) días
d) Suspensión por un semestre académico
e) Expulsión del Centro
En todo caso, el alumno tendrá derecho a apelación ante el Consejo Superior del Centro, quien
tendrá la facultad de ratificar, modificar o dejar sin efecto la sanción. Esta decisión, finalmente
será inapelable. En todo caso, el alumno tendrá derecho a apelación ante el Consejo Superior del
CFT ITPUCH, el que considerará la revisión de nuevos antecedentes y podrá ratificar, modificar
o dejar sin efecto la sanción impuesta. Esta decisión, será inapelable.
Artículo 38º
Si un alumno, dentro de los recintos del CFT ITPUCH, incurre en acciones que puedan revestir
caracteres de delito, será sometido a investigaciones sumarias y sumario, sin perjuicio de iniciar
las acciones legales que se estimen pertinentes.
TÍTULO VI
DE LAS DISPOSICIONES FINALES
Artículo 39º
Las situaciones no previstas en el presente Reglamento, sobre cualquier materia, serán resueltas
por el Director General, en consulta con el Consejo Superior del CFT ITPUCH y ratificadas por
el Secretario General. _________________ .. de las tiniblas me llaman,
pensando en renunciar a todo y desaparecer de esta dimension para volver a mi reino de oscuridad----
solo espero tu respuesta... para poder decidir si me voy o me quedo contigo---- |
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